sábado, 30 de enero de 2010

La Constitución de Rionegro:Romanticismo y Liberalismo amancebados


CONSTITUCIÓN DE RIONEGRO: ROMANTICISMO Y LIBERALISMO AMANCEBADOS


Como el amador excéntrico que sigue persiguiendo a su amante sin nunca lograr conquistarla, los convencionistas de Rionegro citados por Tomás Cipriano-para menguar los desmadres de lo que en dictadura se venía convirtiendo-no despertaban del sueño dogmático que la Revolución Estadinense había infundido en ellos. Perseguían al espíritu de la revolución y mientras tanto, él más se perdía en el horizonte. Tal como en el cuadro de Delacroix, permitieron al pueblo encintar revólveres y escopetas pero, no así en el cuadro, la libertad ya no los conducía pues el convencionista ya había abusado de ella, y ella sus pechos ya había cubierto. De aquí se deduce que la libertad es una meretriz, el pueblo sus prostitutas y los convencionistas los abusivos clientes que gozan, se satisfacen y se van sin pagar. También que un siglo y 44 años después, seguimos siendo amadores excéntricos, y como tales, pensamos que el amor se puede encadenar en las cartas, que la libertad la conseguimos calcándola en una carta.

De cualquier manera, ese amor morboso viene acompañado siempre de una corrupción de la razón, lo cual nos dice que el romanticismo y el racionalismo andando de la mano empiezan a oler mal…Las revoluciones modernas llamadas Gloriosa, de Independencia y Francesa, maduraron tanto que se “apicharon”, la razón llegó tarde a respaldar las razones del corazón, y esa fruta podrida fue la que tomamos para beneficiarnos… Pensamos que el momento de la razón había llegado, pero ya era tarde, tarde desde que La Libertad tapó sus pechos para dejar de amamantar a un pueblo sinrazón y sincorazón.

Así, el sueño romántico de El Humanismo y la vespertina pragmática de El Liberalismo, copularon, y de allí nació un hijo bastardo: El enriquecimiento, que se confundía con El Poder, porque el hijo que emergió al mundo fue siamés. “Enriquecimiento para tener Poder, y el Poder para poder enriquecerse” es la insignia de todo proyecto político. Los convencionalistas reunidos en Rionegro el año de 1863, bajo la cabeza de Tomás Cipriano de Mosquera, tenían esto claro. Algunos de ellos fueron románticos (léase humanistas) y otros pragmáticos (léase liberales): espermatozoide y óvulo lograron fundirse. Entonces, el Capital burlándose de la alegría del liberalismo radical al verse como hegemonía-pues sabía que era una alegría efímera que se extinguiría no en más de 3 décadas-volvió a celebrar sus orgasmos.

Quien asistió a La Convención de Rionegro creyendo que participaba de una fundación política, se equivocó; en realidad asistió a una fiesta del Capital. Y como en toda fiesta algo se exige para entrar, unos llevaron consigo ideas humanistas, y otros, ideas liberales.

Ya en la fiesta, el Capital servía de moderador, y daba la palabra. Primero habló un humanista, que llamó a su idea Número uno del artículo quince:

“La inviolabilidad de la vida humana; en virtud de lo cual el Gobierno general y el de los Estados se comprometen a no decretar en sus leyes la pena de muerte”

El Capital hizo un guiño, y un liberal entendiendo que era su turno, dijo:
“Sensata me parece tu idea, pues va en contra de lo pensado por los conservadores, y además, un muerto menos es un trabajador más”

Así transcurrió el simposio todo: un romántico pintando casas en el aire, el Capital guiñando el ojo, y el pragmático justificando ganancias a partir de lo dicho por el pintador de casas. Lo que pasó al final, ya lo sabemos: A toda esta jeringonza sostenida en esta fiesta se le llamó: “CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA”

Allí se lee claro el verbo romántico, pero la palabra liberal, debe buscarse entre lineas.
Lo siguiente trata, entonces, de disminuir el trabajo a los ojos.


CONSTITUCION POLITICA PARA LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA (1863)
Sección II. Garantía de los derechos individuales

Artículo 15.- Es base esencial e invariable de la Unión entre los Estados, el reconocimiento y la garantía por parte del Gobierno general y de los Gobiernos de todos y cada uno de los Estados, de los derechos individuales que pertenecen a los habitantes y transeúntes en los Estados Unidos de Colombia, a saber:

[El romántico] “1. La inviolabilidad de la vida humana; en virtud de lo cual el Gobierno general y el de los Estados se comprometen a no decretar en sus leyes la pena de muerte”
[El liberal] “Sensata me parece tu idea, pues va en contra de lo pensado por los conservadores, y además, un muerto menos es un trabajador más”

2. No ser condenados a pena corporal por más de diez años;
“Limitar el tiempo de las penas es un ahorro: a menor tiempo menor gasto, y a menor gasto mayor capital”

3. La libertad individual; que no tiene más límites que la libertad de otro individuo; es decir, la facultad de hacer u omitir todo aquello de cuya ejecución u omisión no resulte daño a otro individuo o a la comunidad;
“Limitar la libertad como primer paso para limitar la capacidad de adquisición…Es una idea genial”

4. La seguridad personal; de manera que no sea atacada impunemente por otro individuo o por la autoridad pública: ni ser presos o detenidos, sino por motivo criminal o por pena correccional: ni juzgados por comisiones o tribunales extraordinarios: ni penados sin ser oídos y vencidos en juicio; y todo esto en virtud de leyes preexistentes;
“Complicar el acceso a la justicia resulta enriquecedor. La burocracia ha tenido buenos resultados en Londres, Paris y Virginia. Allí se ha visto que la gente paga por que le lleven un proceso legal”
5. La propiedad; no pudiendo ser privados de ella, sino por pena o contribución general, con arreglo a las leyes, o cuando así lo exija algún grave motivo de necesidad pública, judicialmente declarado y previa indemnización. En caso de guerra la indemnización puede no ser previa, y la necesidad de la expropiación puede ser declarada por autoridades que no sean del orden judicial. Lo dispuesto en este inciso no autoriza para imponer pena de confiscación en ningún caso;
“¡oh propiedad! Que bueno es proteger la nuestra y expropiar la agena”

6. La libertad absoluta de imprenta y de circulación de los impresos, así nacionales como extranjeros;
“una buena herramienta, los medios de comunicación, para entretener
a las huestes incultas, mientras alienamos la fuerza de su trabajo”

7. La libertad de expresar sus pensamientos de palabra o por escrito sin limitación alguna;
“Claro…a todos escucharemos pero a pocos tendremos en cuenta”

8. La libertad de viajar en el territorio de los Estados Unidos, y de salir de él, sin necesidad de pasaporte ni permiso de ninguna autoridad en tiempo de paz, siempre que la autoridad judicial no haya decretado el arraigo del individuo. En tiempo de guerra, el Gobierno podrá exigir pasaporte a los individuos que viajen por los lugares que sean teatro de operaciones militares;
“Quisiera ser un poco… ¿cómo se dice?...¡romántico¡. Dejemos a
todos caminar por donde bien guste. De filántropos será este artículo”

9. La libertad de ejercer toda industria y de trabajar sin usurpar la industria de otro, cuya propiedad hayan garantizado temporalmente las leyes a los autores de inventos útiles, ni las que se reserven la Unión o los Estados como arbitrios rentísticos; y sin embarazar las vías de comunicación, ni atacar la seguridad ni la salubridad;
“No usurparemos la industria del otro, pero sí desamortizaremos los bienes de manos muertas. Las manos campesinas son manos feudales, y por tanto, manos muertas, al igual que las de los clérigos. A campesinos y a clérigos podremos usurpar”
[…]
13. La inviolabilidad del domicilio y de los escritos privados, de manera que aquel no podrá ser allanado, ni los escritos interceptados o registrados, sino por la autoridad competente, para los efectos y con las formalidades que determine la ley;
"Me parece buen artículo. Lo vuelve a relativizar todo, y con hincapié en el domicilio,
que viene de la propiedad. Relativiza entonces los derechos que tienen sobre la propiedad.
Así, a pesar de que no tengamos la posesión de algunas propiedades, podremos tener el
dominio sobre ellas"
14. La libertad de asociarse sin armas;
“que se maten uno a uno me parece más humanista que unos maten a uno sólo”
15. La libertad de tener armas y municiones, y de hacer el comercio de ellas en tiempo de paz;
“el negocio de las armas, sustento de la guerra, y la guerra
Sustento del capital. Enseñar a hacer capital guerreando, es una idea que disminuirá los propietarios y aumentará las propiedades”
16. La profesión libre, pública o privada, de cualquier religión; con tal que no se ejecuten hechos
incompatibles con la soberanía nacional, o que tengan por objeto turbar la paz pública.
“sesuda es esta idea. De nuevo va contra los conservadores, y además
nos permitirá la doble moral”

Esta reconstrucción de los discursos liberales, permite proponer una tesis:

“La simulación de programas humanistas es una FORMA POLITICA, de gestión, de ejercicio del poder que, por medio de la institución judicial, pasa a ser en Los Estados Unidos de Colombia, una manera de autentificar la verdad, de adquirir cosas que habrán de ser consideradas como verdaderas y transmitirlas.Todo con el fin de enriquecimiento”

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